¡DIAVAZ/VÁZQUEZ SENTIES: DETECTAN DESFALCO DE 13,946,645.54 EN CUOTAS AL IMSS, GRACIAS A MA OJEDA MÉNDEZ, JEFE DE AUDITORES PATRONALES!

Denuncia al 9933989844…🚩⚠️‼️¡DIAVAZ/VÁZQUEZ SENTIES: DETECTAN DESFALCO DE 13,946,645.54 EN CUOTAS AL IMSS, GRACIAS A MA OJEDA MÉNDEZ, JEFE DE AUDITORES PATRONALES! Una corrección fiscal autorizada en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) durante 2019 colocó a la empresa CONSTRUCTORA SUBACUÁTICA DIAVAZ, de Óscar y Luis Vázquez Senties, en el centro de un expediente por presunta responsabilidad administrativa que documenta un perjuicio de 13,946,645.54 pesos al patrimonio del organismo. El caso involucra a Marco Antonio Ojeda Méndez, entonces jefe del Departamento de Supervisión de Auditoría a Patrones en Campeche y actualmente jefe de Afiliación y Cobranza del IMSS en la entidad. De acuerdo con el expediente 2024/IMSS/DE1879, mismo que reveló el medio periodístico La Neta de Campeche, la irregularidad se originó cuando Marco Antonio Ojeda Méndez aceptó una corrección fiscal a favor de DIAVAZ sin contar con información suficiente para sustentarla. La decisión habría permitido que la empresa dejara de cubrir una parte sustancial de las cuotas obrero-patronales que correspondían al IMSS, generando un perjuicio que posteriormente fue calificado como grave por la autoridad investigadora. La documentación establece que el monto involucrado se desprende de una diferencia entre lo que la empresa pagó y lo que, de acuerdo con la propia determinación de la Subdelegación, debía cubrir. DIAVAZ realizó un pago de 534,685.54 pesos respecto de una base omitida de 4,070,135 pesos. Sin embargo, el cálculo correcto de las cuotas obrero-patronales ascendía a 14,481,331.08 pesos. La diferencia entre lo pagado y lo que correspondía generó el perjuicio de 13,946,645.54 pesos señalado en el expediente. El documento de responsabilidad administrativa señala que Marco Antonio Ojeda Méndez ocupaba desde el primero de enero de 2019 el cargo de jefe del Departamento de Supervisión de Auditoría a Patrones, adscrito a esa área. En esa función fue señalado como presunto responsable de haber aceptado la corrección fiscal que derivó en la pérdida de ingresos para el instituto. La autoridad investigadora consideró que su actuación debía ser catalogada como una falta administrativa grave por el perjuicio ocasionado al patrimonio público. El procedimiento no se limitó a Marco Antonio Ojeda Méndez. También fueron señalados Miguel Ángel Larios Vázquez, quien entonces se desempeñaba como jefe de Auditoría a Patrones, y José Alberto Miranda López, auditor de la Subdelegación de Ciudad del Carmen. Los tres aparecen vinculados en el expediente por presuntas omisiones, abuso de funciones y negligencia administrativa relacionadas con las actuaciones realizadas en torno al cobro de las cuotas. La dimensión del expediente muestra la importancia que la autoridad investigadora otorgó al caso. El procedimiento de responsabilidad administrativa se integró a partir de una investigación de cuatro mil 436 fojas, que contenían las constancias y pruebas utilizadas para sustentar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa. La investigación fue emitida el 7 de agosto de 2025 por el titular de la Oficina Regional número 9 del Órgano Interno de Control en el IMSS, con competencia en el estado de Campeche. El 19 de agosto de 2025, el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control admitió el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa. Dos días después, el 21 de agosto, se emitió el oficio SABG/OICGYR/AR/5331/2025, correspondiente al expediente 0032/2025, mediante el cual Marco Antonio Ojeda Méndez fue emplazado al procedimiento y citado a una audiencia inicial para responder a las imputaciones. La audiencia fue el pasado 18 de septiembre de 2025, en las oficinas del Órgano Interno de Control del IMSS ubicadas en Avenida Revolución número 1586, colonia San Ángel, alcaldía Álvaro Obregón, CDMX. Procedimiento donde el servidor público rindió declaración por escrito o verbalmente y se le dio la posibilidad de presentar las pruebas que considerara necesarias para su defensa. El expediente también deja constancia de que la autoridad calificó como grave la infracción atribuida a Marco Antonio Ojeda Méndez. La imputación se fundamentó en diversas disposiciones constitucionales, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de los reglamentos internos relacionados con el funcionamiento del IMSS y de los órganos internos de control. El caso de DIAVAZ, sin embargo, no aparece como un episodio aislado dentro de los señalamientos contra Marco Antonio Ojeda Méndez. La documentación refiere otras dos investigaciones relacionadas con su desempeño en el IMSS. Una de ellas corresponde al expediente 40605/2022/PPC/IMSS/DE3631, abierto en 2022 por presuntas relaciones indebidas con la empresa PM OFFSHORE., identificada con el registro patronal A103665510-4. En ese asunto se mencionan posibles violaciones a la Ley General de Responsabilidades Administrativas relacionadas con conflicto de interés, cohecho, tráfico de influencias, encubrimiento y falsedad en declaraciones. A estos antecedentes se suma el expediente 2025/IMSS/PP2788, relacionado con irregularidades documentadas por el OIC mediante el oficio SABG/OICGYR/AIDI09/1135/2025. En este caso se señala la omisión de cartas invitación y la ausencia de actos de fiscalización, con Marco Antonio Ojeda Méndez nuevamente identificado como responsable directo. La sucesión de expedientes adquiere relevancia porque, pese a los señalamientos documentados, Marco Antonio Ojeda Méndez continuó dentro de la estructura del IMSS y llegó a ocupar la Jefatura de Afiliación y Cobranza en Campeche. El documento refiere que, en denuncias previas, el Órgano Interno de Control notificó formalmente a la entonces delegada estatal del IMSS, Flor Irene Rodríguez Melo. Posteriormente, en lugar de ser separado de sus funciones, Marco Antonio Ojeda Méndez fue ascendido a una posición relacionada precisamente con afiliación y cobranza, cargo que mantiene según la información proporcionada. El caso plantea así un problema que rebasa el monto económico de la operación vinculada con DIAVAZ. El expediente expone cómo una determinación administrativa terminó afectando los recursos del IMSS y, al mismo tiempo, cómo un funcionario señalado en distintos procedimientos continuó ocupando posiciones de responsabilidad dentro del organismo. La información disponible no permite afirmar una complicidad institucional como hecho probado, pero sí documenta una sucesión de actuaciones y omisiones que han generado cuestionamientos sobre los controles internos y la respuesta administrativa del instituto. La documentación también señala que el IMSS únicamente había emitido un comunicado oficial sobre el caso, sin precisar si se abrió una auditoría interna, si los funcionarios involucrados fueron suspendidos o si el asunto fue turnado a la Fiscalía General de la República. La ausencia de información sobre esas acciones mantiene abierta la interrogante sobre el alcance de las medidas adoptadas por la institución frente a las irregularidades investigadas. En términos financieros, el expediente ofrece una de las cifras más relevantes del caso: el IMSS dejó de percibir 13,946,645.54 pesos en cuotas obrero-patronales como consecuencia de la actuación atribuida al entonces jefe de Supervisión de Auditoría a Patrones. La propia documentación precisa que el cálculo correcto ascendía a 14,481,331.08 pesos, mientras que el patrón únicamente realizó un pago de 534 mil 685.54 pesos. La diferencia no se originó, según el expediente, en una imposibilidad de determinar el monto correspondiente. La propia Subdelegación había establecido tanto en la Cédula de Investigación como en la Cédula de Estimación del Monto de la Mano de Obra una base omitida de 4,070,135 pesos y un cálculo de cuotas de 14,481,331.08 pesos. El señalamiento central contra Marco Antonio Ojeda Méndez consiste precisamente en haber aceptado posteriormente una corrección fiscal que redujo el monto efectivamente cobrado. El procedimiento administrativo, por ahora, debe distinguir entre las imputaciones formuladas por la autoridad y una responsabilidad definitivamente acreditada. Asimismo, tampoco se sabe si hay un emplazamiento a la empresa petrolera para resarcir el monto del daño patrimonial o proceder a su inhabilitación. Autoridades deben sancionar esta mala praxis. Atención @Claudiashein @MarcelaVilleg15 @CNE_Mex @SENER_mx @GobiernoMX @FGRmexico @LuzElena_GE @ASF_Mexico @SCJN @STPS_mx @Tu_IMSS @SEMARNAT_mx @agencia_asea @CFEmx @CENAGAS_mx @IMPetroleo @SATMX @Hacienda_Mexico @BuenGobierno_mx @Centrofcrl @SEMAR_mx @PROFEPA_Mx @Mx_Diputados @senadomexicano @pamhamui #OIC #UIF #OmarReyesColmenares….Zas!!!

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