Denuncia al 9933989844… 🚩⚠️🧑🏭‼️¡Refinería Olmeca, arbitraria cancelación de vacaciones y coberturas por RH; reclama Secc 50 STPRM!; en la refinería Olmeca en Paraíso, Tabasco, del gerente Julio César Aguilar Benítez, enfrenta una creciente tensión laboral luego de que trabajadores sindicalizados denunciaran la cancelación arbitraria de vacaciones ya programadas para finales de noviembre y el mes de diciembre 2025; la medida, impulsada desde el Departamento de Personal, ha provocado reclamaciones de la Sección 50 STPRM del cacique Gustavo Guerra y su títere José del Carmen de la Cruz de la Cruz, quienes acusan violaciones directas al Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) vigente, omisiones administrativas y decisiones unilaterales que afectan a la plantilla laboral; de acuerdo con el oficio SGL/1562/2025, fechado el 27 de noviembre de 2025, el STPRM informa que la jefatura del Departamento de Personal decidió cancelar vacaciones ya firmadas y confirmadas en el sistema SIRHN, así como suspender contratos de trabajadores transitorios que habían sido programados para cubrir las ausencias; esta decisión, señalan, contraviene la Cláusula 142 del CCT, que establece que los programas anuales de vacaciones deben formularse en noviembre del año anterior, que su disfrute se basa en el ciclo correspondiente y que cualquier modificación solo puede realizarse mediante acuerdo entre la paraestatal y el sindicato petrolero, con un margen de hasta 90 días; la Sección 50 STPRM afirma que la cancelación desconoce además los acuerdos alcanzados el martes 25 de noviembre de 2025 en la oficina de la Jefatura de Personal; en esa reunión, de acuerdo al oficio SGL/1562/2025 fechado el 27 de noviembre de 2025, se pactó que la administración entregaría las @Pemex 12 Forma 59 faltantes correspondientes a las vacaciones de diciembre de 2025, para que el sindicato emitiera las propuestas de cobertura; sin embargo, a pesar de ese acuerdo, el departamento suspendió de manera unilateral los periodos ya programados, afectando la organización personal y familiar de los trabajadores; el sindicato también denuncia que la responsable del área de vacaciones, Alejandra Suárez Campos, informó a delegados y trabajadores que la cancelación se originó a petición del propio sindicato, bajo el argumento de que no existía cobertura suficiente; la Sección 50 califica esta versión como falsa y exige la apertura de una investigación administrativa en su contra por considerar que su conducta carece de probidad y honradez, además de generar confusión mediante una explicación que no corresponde a lo acordado previamente; los reclamos se agravan por una omisión que la Sección 50 describe como reiterada: la falta de entrega del Programa Anual de Vacaciones correspondiente a 2024 y 2025; según el oficio SG/266/2024, emitido el 13 de marzo de 2024, el sindicato solicitó de manera formal los programas para poder elaborar con anticipación las propuestas de cobertura; esa documentación nunca fue entregada, lo cual habría derivado en una inadecuada planificación por parte de la representación patronal y constituye una violación a la Cláusula 142; el conflicto también involucra la contratación de personal transitorio; el oficio SG/266/2024 advierte que el Departamento de Recursos Humanos ha incorporado trabajadores de otras secciones sindicales sin la propuesta previa de la Sección 50, lo que vulnera la jurisdicción sindical establecida en las Cláusulas 4, 5, 6 y en el Anexo 2 del Reglamento de Escalafones y Ascensos; pese a estos señalamientos, el propio registro interno de la refinería muestra que sí existían propuestas sindicales en curso, como las contenidas en el oficio SGL/1509/2025 del 20 de noviembre de 2025; en ese documento, el sindicato propone a Jesús Armando Puga Domínguez, Wenceslao Alberto Hernández del Carpio y Nayeli Paredes González para ocupar vacantes temporales de operario especialista y operador de plantas de proceso; mientras la estructura sindical insiste en que el desorden administrativo proviene de la falta de coordinación y transparencia del Departamento de Personal, la administración interna argumenta exceso de personal y riesgo de no poder cubrir todos los puestos durante diciembre; un correo electrónico interno señala que, debido al alto índice de ausentismo y al nuevo ciclo vacacional 2025-2026, se instruyó la cancelación de vacaciones anticipadas, con la indicación de que los trabajadores podrán tomarlas a partir de enero de 2026; la Sección 50 STPRM sostiene que esta determinación carece de sustento contractual y exige la reactivación inmediata de las vacaciones canceladas en el sistema SIRHN, incluyendo casos ya avalados, como el de la trabajadora Candelaria Reyes de la Cruz, con folio F-519692; el sindicato petrolero también solicita la entrega de todas los formato @Pemex 12 Forma 59 correspondientes a diciembre, así como una respuesta formal en los términos establecidos por la Cláusula 2 del CCT; el conflicto revela un deterioro en la relación laboral dentro de la refinería, marcada por decisiones unilaterales, omisiones administrativas y acusaciones mutuas sobre la responsabilidad en la cobertura de los puestos; con un cierre de año que combina alto ausentismo, presiones operativas y alta exposición pública del proyecto de la refinería Olmeca, la disputa entre la Sección 50 STPRM y el Departamento de Personal @Pemex se convierte en un nuevo foco de tensión que podría afectar la estabilidad laboral y operativa del complejo energético; la disputa se agrava cuando se observa que la Sección 50 había hecho gestiones formales con antelación para evitar justamente los problemas que hoy denuncia; en el oficio SG/266/2024, fechado el 13 de marzo de 2024, el sindicato solicitó al Departamento de Personal la entrega del Programa Anual de Vacaciones de las y los trabajadores sindicalizados de la refinería Olmeca para poder planear con tiempo las propuestas de cobertura; según la representación sindical, esos programas anuales de 2024 y 2025 nunca fueron remitidos, lo que derivó en una programación inadecuada y colocó a la administración en una posición de riesgo operativo y conflicto laboral que ahora se materializa en cancelaciones masivas y arbitrariedades administrativas; el mismo oficio SG/266/2024 advierte además sobre la práctica de contratar personal transitorio procedente de otras secciones sindicales sin la propuesta previa de la Sección 50, lo que el sindicato considera una violación de su jurisdicción sindical y de las Cláusulas 4, 5 y 6 del Contrato Colectivo, así como del Anexo 2 del Reglamento de Escalafones y Ascensos; pese a esa inquietud, el oficio SGL/1509/2025, fechado el 20 de noviembre de 2025, muestra que la Sección 50 sí presentó propuestas concretas para cubrir vacantes temporales, nombrando a trabajadores específicos para ocupar plazas; a la par de los oficios, el intercambio interno al que tuvo acceso la Sección 50 revela la lógica administrativa que motivó la medida: un correo electrónico emitido desde Recursos Humanos que señala preocupación por un supuesto exceso de personal programado para diciembre y por el alto índice de ausentismo, por lo que solicita notificar a ciertos trabajadores la cancelación de sus fechas de vacaciones anticipadas del ciclo 2025-2026, con la indicación de que podrán disfrutarlas a partir de enero de 2026; atención @Claudiashein @MarcelaVilleg15 @CNE_Mex @SENER_mx @GobiernoMX @FGRmexico @LuzElena_GE @ASF_Mexico @SCJN @STPS_mx @Tu_IMSS @SEMARNAT_mx @agencia_asea @CENAGAS_mx @IMPetroleo @SATMX @Hacienda_Mexico @BuenGobierno_mx @Centrofcrl #OIC #UIF #OmarReyesColmenares …Zas!!!











