¡MARCOS RAMÍREZ SILVA: EX DIRECTOR DE PGPB DE DÍA, SUBCONTRATISTA SGS/AQUILA ASESORES DE NOCHE…Y CON PENSIÓN DORADA!

Denuncia al 9933989844… 🚩⚠️ ¡MARCOS RAMÍREZ SILVA: EX DIRECTOR DE PGPB DE DÍA, SUBCONTRATISTA SGS/AQUILA ASESORES DE NOCHE…Y CON PENSIÓN DORADA! Un conjunto de documentos oficiales revela que Marcos Ramírez Silva, ex director de @Pemex Gas y Petroquímica Básica (PGPB), creó y operó una empresa privada de asesoría mientras mantenía vínculos activos con @Pemex , empresa que habría sido utilizada como instrumento para cobrar comisiones de contratos que él mismo habría facilitado a través de su influencia dentro de la paraestatal. Las denuncias formales ante la Secretaría de la Función Pública (SFP), los contratos privados firmados y el acta constitutiva de la empresa apuntan hacia un presunto conflicto de interés de proporciones considerables en el corazón del sector energético mexicano. Marcos Ramírez Silva construyó una trayectoria dentro de @Pemex que lo llevó a ocupar la dirección de PGPB, una de las subsidiarias estratégicas de la Empresa Productiva del Estado. Sin embargo, lo que los documentos revelan es que mientras todavía formaba parte del engranaje institucional de @Pemex , Marcos Ramírez Silva concretó la creación de una empresa privada que habría servido para capitalizar de manera personal las relaciones y el poder de decisión acumulados durante sus años de servicio público: El 22 de enero de 2013, ante José Ángel Fernández Uría, titular de la Notaría 217 de la CDMX (con protocolo también de las Notarías 22 y 60), Marcos Ramírez Silva y Francisco José Durán Macías comparecieron para constituir formalmente la empresa AQUILA ASESORES, INGENIERÍA Y SERVICIOS. La sociedad quedó inscrita en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal bajo el folio mercantil electrónico 493986, con fecha de inscripción el 20 de mayo de 2013, y con domicilio fiscal en Prolongación de Avenida San Antonio número 133, piso 5, colonia Carola, delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México. El capital mínimo fijo de la empresa se fijó en 50,000 pesos, con un capital variable ilimitado. El objeto social de AQUILA ASESORES resultó llamativamente amplio: la empresa quedó habilitada para prestar toda clase de asesorías técnicas, administrativas, de supervisión, de organización, de mercadotecnia, de ingeniería, de cómputo, legales, contables y financieras. Además, de manera explícita, el acta constitutiva incluyó entre sus áreas de operación la industria del petróleo, el gas, los energéticos y cualquier sector de energía en sus ramas industrial, manufacturera, comercial o de servicios, tanto en México como en el extranjero. Ese detalle no es menor, la empresa de Marcos Ramírez Silva quedó jurídicamente diseñada para operar en el mismo sector en el que él ejercía autoridad como servidor público. El mecanismo que despertó sospechas y motivó la denuncia formal ante las autoridades se articula en torno al contrato ITS CS2012011, firmado originalmente el 22 de octubre de 2012 entre la empresa INTEGRATED TRADE SYSTEMS INC. (ITS), corporación estadounidense constituida en Delaware, y la firma SGS, representada por SGS NORTH AMERICA INC. y SGS DE MÉXICO. Bajo este contrato marco de servicios, @Pemex Exploración y Producción (PEP) contrató a SGS para realizar servicios de muestreo y análisis cromatográfico de gas y condensados, así como análisis PVT composicional en aceite crudo de la Región Marina Noreste. Para instrumentar esos trabajos, se emitió la Orden de Servicio número 4180938028, que es precisamente el vínculo central de toda la trama. Lo que los documentos revelan es que SGS, mientras ejecutaba trabajos directamente para PEP a través de esa orden de servicio, firmó a su vez un contrato de prestación de servicios con AQUILA ASESORES. Ese contrato privado entre SGS QUALITEST DE MÉXICO, representada por José Merino Valdés Cuervo, y AQUILA ASESORES, representada por Marcos Ramírez Silva, fue firmado el 3 de diciembre de 2013 en la CDMX. Su objeto declarado consistía en que AQUILA ASESORES proveería a SGS asesoría técnica, interpretación de resultados, programación de operaciones y movimientos de logística, así como servicios de ventas con los activos de producción de la Región Marina Noreste y otras áreas de PEP. El elemento más comprometedor del acuerdo entre SGS y AQUILA ASESORES se encuentra en la segunda cláusula del contrato: la contraprestación pactada a favor de la empresa de AQUILA ASESORES equivalía al 5% del total ejercido mensualmente por SGS, conforme a las estimaciones mensuales aprobadas por el supervisor que PEP designara para el proyecto. El pago, además, estaba expresamente condicionado a que PEP liquidara primero a SGS, lo que significa que el flujo económico que alimentaría a AQUILA ASESORES provenía directamente del erario a través de la cadena PEP-SGS-AQUILA. Ese porcentaje fijo e irrevocable, conforme al propio texto contractual, no podía modificarse salvo acuerdo previo por escrito entre ambas partes. La trama salió a la luz a través de una denuncia presentada ante el Área de Quejas del Órgano Interno de Control (OIC) en PEP, que fue registrada bajo el expediente 2015/PEP/DE239, con el oficio OIC-AQ-PEP-18.575-1328/2015. El denunciante, identificado mediante correo electrónico señaló que el contrato ITS CS2012011 y la Orden de Servicio 4180938028 habían sido formalizados con el uso de dos equipos, siendo que uno de ellos nada tenía que ver con los trabajos ejecutados. Mediante correos electrónicos enviados el 8 de abril de 2015, se alertó a la autoridad sobre estas presuntas irregularidades administrativas atribuibles a servidores públicos de PEP y al propio Marcos Ramírez Silva. En el oficio de respuesta firmado el 14 de abril de 2015 por Eric Raúl Carrillo Rivas, titular del Área de Quejas, con supervisión de Saúl Castro Castro, revisión de Héctor Hernández Vega y elaboración de Adriana Aurrecoechea Martínez, la autoridad reconoció haber iniciado investigaciones para el esclarecimiento de los hechos. El OIC constataba en su propia comunicación que el denunciante había referido que Marcos Ramírez Silva, como ex director de PGPB, habría apoyado a formalizar la Orden de Servicio correspondiente a cambio de un pago equivalente al 5% del monto estimado del contrato, es decir, el mismo porcentaje que quedaría plasmado en el contrato entre SGS y AQUILA ASESORES. La propia autoridad administrativa consignó en ese documento un detalle relevante: al momento de recibir la denuncia, Marcos Ramírez Silva ya no figuraba en PGPB, sino que había sido adscrito al Corporativo @Pemex (CP). Por esa razón, el OIC decidió remitir copia de la denuncia tanto al Área de Quejas, Denuncias e Investigaciones de la Unidad de Responsabilidades de @Pemex , como al titular del Área de Quejas del Órgano Interno de Control en PGPB, para que cada instancia actuara en el ámbito de su competencia. El Contrato Marco de Servicios CS2012011, firmado entre ITS y SGS, con vigencia inicial de cinco años y renovación automática por periodos iguales, establecía que @Pemex y cualquiera de sus subsidiarias podrían adherirse al acuerdo como “propietarios” que contratarían los servicios de SGS directamente o a través de ITS. Bajo ese esquema triangulado, PEP no contrataba directamente con SGS en los términos tradicionales de la Ley de Adquisiciones, sino que se incorporaba a un contrato marco preexistente entre privados con sede en Estados Unidos, lo cual es en sí mismo una modalidad que ha sido cuestionada en el ámbito de la contratación pública mexicana por sus implicaciones en materia de transparencia y rendición de cuentas. Dentro de ese esquema, ITS fungía explícitamente como agente de un principal revelado (PEP), con la función de otorgarle acceso a su sistema de compras, emitir órdenes de servicio en nombre de PEP cuando éste lo instruyera, servir como punto único de comunicación y negociación, y, cuando expresamente se le solicitara, realizar pagos a nombre de PEP. La arquitectura del acuerdo convertía a una corporación privada extranjera en intermediaria formal entre el Estado Mexicano y sus proveedores de servicios en áreas tan sensibles como el análisis de yacimientos petroleros en la Región Marina Noreste. La cronología de los hechos agudiza las interrogantes sobre el comportamiento de Marcos Ramírez Silva. AQUILA ASESORES fue constituida el 22 de enero de 2013, apenas tres meses después de que el contrato marco CS2012011 entrara en vigor en octubre de 2012, contrato del cual dependía directamente el trabajo por el que SGS terminó pagando a la empresa de Marcos Ramírez Silva. El contrato entre SGS y AQUILA ASESORES fue firmado el 3 de diciembre de 2013, mientras Marcos Ramírez Silva seguía siendo servidor público de @Pemex . Para abril de 2015, cuando se presentó la denuncia, ya había sido adscrito al corporativo de la paraestatal, pero la empresa permanecía activa. La propia Cláusula Vigésima del contrato entre SGS y AQUILA ASESORES, titulada “Prácticas Corruptas”, resulta paradójica a la luz de las denuncias. En ese apartado, ambas partes garantizaban bajo firma que nunca habían pagado ni recibido dádivas, gratificaciones, propinas, regalos ni ningún tipo de comisión ilegal para obtener o firmar el contrato, ni habían realizado pago alguno a persona alguna para conseguir permisos o autorizaciones de alguna autoridad gubernamental. La inclusión de esa cláusula en un contrato que es señalado precisamente como un instrumento para el cobro de comisiones irregulares constituye, en el mejor de los casos, una contradicción documental de primer orden. La estructura del pago pactado refuerza el señalamiento: AQUILA ASESORES no cobrada una tarifa fija por sus servicios de asesoría, sino un porcentaje variable del monto que PEP liquidara mensualmente a SGS. Eso significa que la remuneración de la empresa de Marcos Ramírez Silva crecía de manera directa y proporcional al volumen de recursos públicos que la paraestatal destinara al proyecto. La ausencia de un tope máximo en ese porcentaje, combinada con la condición de que el pago se activara cuando PEP pagara a SGS, configura un esquema en el que el exfuncionario tenía incentivos económicos directos para maximizar el flujo de recursos del Estado hacia el contrato en cuestión. La empresa, por su parte, quedó establecida con una duración de 99 años a partir de la fecha de su constitución, con capacidad para establecer oficinas en cualquier lugar del territorio nacional o del extranjero, para adquirir bienes inmuebles y maquinaria, para actuar como agente o mandatario ante autoridades federales, estatales y municipales (incluyendo organismos sindicales), y para participar en otras sociedades o empresas de cualquier índole. Esa amplitud operativa, de nuevo explícitamente orientada al sector energético, reviste particular importancia dado el historial de su representante legal. Para más inri, Marcos Ramírez Silva es uno de los dos ex altos funcionarios de @Pemex que encabezan la lista de pensionados con los emolumentos más elevados dentro de la paraestatal. De acuerdo con información publicada por la revista @contralinea , su pensión -dorada- anual bruta ascendía a 4,240,521.90 pesos, cifra que supera en 47.3% el ingreso anual de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, quien percibe 1,614,161.10 pesos al año. Atención @Claudiashein @MarcelaVilleg15 @CNE_Mex @SENER_mx @GobiernoMX @FGRmexico @LuzElena_GE @ASF_Mexico  @SCJN @STPS_mx @Tu_IMSS @SEMARNAT_mx @agencia_asea @CENAGAS_mx @IMPetroleo @SATMX @Hacienda_Mexico @BuenGobierno_mx @Centrofcrl #OIC #UIF #OmarReyesColmenares …Zas!!!

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