+El esquema financiero de este Consorcio que termina en el paraíso fiscal de las Islas Caimán fue planteado para saquear el presupuesto público y evadir impuestos en México: Atención @lopezobrador_
Por Lino Zentella
Denuncia al 9933989844 y [email protected]… Hay más sobre la estrategia de evasión (lavandería) del consorcio KBR de STUART BRADIE y GRUPO R de los GARZA, a través de sus filiales MANTENIMIENTO MARINO DE MÉXICO (MMM), ASESORÍA GERENCIAL DE RECURSOS HUMANOS en México, SEMI SUB SERVICES BV (SSSBV) en Holanda, TRES GAVIOTAS (TG) en México y Holanda, y la lavandería en las islas Gran Caimán con CCC CAYMAN LTD (CCC CAYMAN)…
Recuerde estimado lector que le comenté que KBR es el propietario del 50.01% de esas empresas y GRUPO R del 49.99%…
4.- http://3.141.0.2/fraude-de-la-americana-kbr-y-mmm-de-grupo-r/
Los contratos aprobados entre MMM, SSSBV y TG con Pemex originalmente fueron de renta pura con una tarifa diaria de 30 mil 500 dólares diarios por 10 años y en el 2004 cambiaron a Contratos de Arrendamiento Financiero con las mismas fechas de inicio, vigencia de 10 años, tarifa de 35 mil dólares diarios, valor de las embarcaciones de 40 millones de dólares y un pago al final de 1 millón 654 mil dólares…
En SEMI 1, el contrato terminaba en agosto del 2010 y en SEMI 2, en marzo del 2012…
EL DIFERENCIAL DE LA EVASIÓN
El Consejo de Administración del Consorcio aumentó varias veces la tarifa de las embarcaciones hasta llegar a 70 mil dólares diarios por cada embarcación…
Con estos valores, MMM llegó a pagar una renta anual de 51 millones 100 mil dólares por año por ambas embarcaciones (recursos libres de impuestos) que se repartían ambos grupos en Islas Caimán y facturó entre 2000 y 2014…
Un 1 mil 704 millones 461 mil 606 dólares de ingresos de ingresos, de los cuales 533 millones 129 mil 500 dólares fueron transferidos a CCC CAYMAN, como pago de renta (libre de impuestos) y MMM declaró ante el fisco mexicano 73 millones 226 mil 700 dólares como utilidades que generaron un pago de impuestos de 15 millones 133 mil 644 dólares equivalentes al 0.89% de los ingresos facturados…
Atención al diferencial entre los recursos libres de impuestos enviados al extranjero y los impuestos enterados al fisco mexicano…
Para hacer un análisis justo, es pertinente investigar cómo se definieron las tarifas de las embarcaciones, por lo que haremos un cálculo inverso estimado lector…
De acuerdo a documentos en mi poder, TRES GAVIOTAS adquirió la PSS SEMI 1 en 24.5 millones de dólares y es obvio que la PSS SEMI 2 se adquirió en un precio similar, ya que se le asignó la misma tarifa diaria…
Sin embargo, en el primer contrato de renta pura se manifestó un valor de las plataformas de 50.0 millones de dólares, por lo que con esos valores, en el cálculo de la amortización diaria, ya existía una utilidad implícita del 104%…
CÁLCULO INVERSO
El otro dato duro que se tiene es que el contrato fue por 10 años, periodo que se utilizará para amortizar el valor de la embarcación…
Con esos datos y suponiendo una tasa de descuento del 10%, la amortización diaria de cada embarcación es igual a 21 mil 723 dólares diarios y si se le considera una utilidad del 40%, entonces la tarifa es igual a 30 mil 413 dólares diarios…
Este cálculo es congruente con los 30 mil 500 dólares diarios fijado en los Contratos de Renta Pura…
No olvidemos que, al iniciar el primer contrato, las embarcaciones ya tenían una edad de 13 y 12 años y seguramente ya habían sido amortizadas en su trabajo en Europa, por lo que esto representaba una utilidad adicional para KBR…
Con estos valores el consorcio obtenía una Utilidad Neta por la renta de las embarcaciones…
Al comparar la amortización diaria en 10 años de los 24.5 millones de dólares, equivalente a10 mil 644 dólares diarios, con los 30 mil 500 dólares diarios que se fijaron de como tarifa, resulta que solo ahí, el consorcio ya estaba ganando un 186.5% del valor original de las embarcaciones…
Cuando se realizó el cambio de los Contratos de Renta Pura a Contratos de Renta con Opción de Compra o de Arrendamiento Financiero, se aumentó la tarifa a 35 mil dólares diarios, se mantuvieron los 10 años de vigencia del contrato, pero se cambió el valor de las embarcaciones a 40 millones de dólares…
En teoría, la tarifa diaria debió reducirse un 20%, pero no fue así, se aumentó un 14.75%. ¿Cómo se justificó eso? Bueno, en los contratos se mencionó que con el pago de dicha tarifa se reconocería un 30% como pago de la embarcación y con eso, al final de los 10 años de contrato, MMM solo debería abonar un 1 millón 654 mil dólares para convertirse en propietario de cada plataforma…
MAGIA FINANCIERA
Regresando al análisis financiero, efectivamente, con el valor de 40 millones de dólares, la amortización diaria es 17 mil 379 dólares diarios; si a eso le aumentamos el 40%, se convierte en una tarifa de 24 mil 330 dólares diarios, pero como le vamos a reconocer el 30% a MMM, esa tarifa la igualamos al 70% de la tarifa definitiva, por lo que al dividir ese valor entre el 70%, la tarifa resultante es de 34 mil 757 mil dólares diarios y este cálculo es congruente con los 35 mil dólares diarios fijados en los Contratos de Renta con Opción de Compra o de Arrendamiento Financiero…
EN LA CARÁTULA DE ESE CONTRATO DE SEMI 2, PAGINA 2, SE PUEDE VER EL VALOR DE 50 MILLONES DE DÓLARES; ADEMÁS DE QUE EN LA FACTURA SE PUEDE APRECIAR EL PAGO DE 24.5 MILLONES DE DÓLARES; EN LA PÁGINA 9 DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO ESTÁ EL VALOR ASIGNADO DE 40 MILLONES DE DÓLARES, POR LO QUE LA MAGIA CONSISTE EN CAMBIAR VALORES POR CONVENIENCIA
Pero no olvidemos que el valor real de las embarcaciones, sigue siendo de 24.5 millones de dólares y su amortización en 10 años es de 10 mil 644 dólares diarios, siendo un acto de prestidigitación financiera, que aportaba una utilidad neta diaria de 24 mil 356 dólares diarios, equivalente al 228% de la amortización diaria real…
No contentos con eso, siguieron aumentando las tarifas para reportar un costo mayor en el extranjero y obtener mayores utilidades, por lo que sin duda fue un buen negocio comercializar en 533 millones de dólares libres de impuestos, 2 embarcaciones adquiridas en 49 millones de dólares…
Magia financiera que se convierte en una clara simulación fiscal que debiera ser investigada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT)…
JUSTICIA VS CORRUPCIÓN
Antes de continuar con el análisis que define la evasión fiscal de 486 millones de dólares regresemos al origen estimado lector…
En mi anterior publicación, mencioné que el ex director general de MMM, JUAN JOSÉ GONZÁLEZ, fue despedido, cuando advirtió al consejo sobre la posibilidad de estar cometiendo un error en las declaraciones fiscales y mencioné, en la pasada entrega, que se hicieron circular rumores en su contra y KBR y GRUPO R autorizaron a sus representantes a fincar 4 denuncias de fraude y 1 de abuso de confianza en mayo del 2016, todas basadas en 5 montajes con información falsa…
Situación de la que GONZÁLEZ salió bien librado, pues el Agente del Ministerio Público que realizó las averiguaciones previas, le otorgó entre mayo y junio del 2017, 5 Resoluciones de No Ejercicio de la Acción Penal…
El asunto es que ahí no terminó esto…
En septiembre del 2017, el Fiscal General del Estado de Campeche, recibió la visita de Representantes de KBR y de GRUPO R y como resultado, el Fiscal de Campeche, atrajo toda la información de la averiguación previa CCH-4013/IRA/A.P./2016 ya resuelta con un No Ejercicio de la Acción Penal, y sin que se tratara de un caso extraordinario que precisara su atención específica, la trasladó de manera irregular de Ciudad del Carmen a Campeche…
Enseguida, despidió al Agente del Ministerio Público que emitió la Resolución de No Ejercicio de la Acción Penal y haciendo caso omiso de ella giró el oficio FGE/OFG/6052/2017 del 29 de septiembre del 2017, en el que le ordenó al director general de Fiscalías que integrase el expediente de esa averiguación previa…
¿Por qué el Fiscal General de Campeche ordenó eso? en un expediente que ya había sido cerrado y sobre el que ya existía una resolución de no ejercicio de la acción penal que nunca fue impugnada, ni apelada por los denunciantes, ni revisada, ni cancelada por la Fiscalía, en los tiempos previstos en la ley…
¿Cochupo ó Corrupción ó ambas?…
Solo habría que recordar el historial de prácticas corruptas de KBR y las sanciones aplicadas en Estados Unidos y en Reino Unido aquí datadas…
Con el único propósito de restar credibilidad a quien podía denunciar el fraude y la evasión fiscal de KBR/GRUPO R…
Un historia truculenta de Pemex en donde aún faltan varios capítulos y ya se abrieron dos vertientes, evasión fiscal y corrupción…Habrá más.
Atención @CNH_MX @SFP_mx @ASF_mx @FGRMexico @SNietoCastillo @SATMX y @SHCP_mx !!!…
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