*Remoción y chatarrización ilegales del navío de OCEANOGRAFÍA: Atención @lopezobrador_
Por Lino Zentella
Denuncia al 9933989844 y [email protected]… Tan solo una embarcación de OCEANOGRAFÍA, CABALLO AZTECA, sobre la que pesan embargos y es parte de un juicio y masa concursal tiene contra la pared a varias autoridades como la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Juez Tercero, Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), Secretaría de Economía (SE) y Aduanas, y a la Secretaría de Marina (Semar)…
Siguiendo con este serial, estimado lector, estas autoridades están involucradas en delitos por los daños ocasionados a partir del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y de la Ley de Puertos, publicado en el diario oficial con fecha del 07 de diciembre del presente año…
1.- http://3.141.0.2/caballo-azteca-pone-en-jaque-a-autoridades/
Por lo que estas autoridades se encuentran ya involucradas en delitos y con responsabilidades por todo lo actuado con la embarcación CABALLO AZTECA el cual encalló cerca de Ciudad del Carmen, y produjo un daño el medio ambiente, con toda la oxidación de su estructura provocando una contaminación al mar, así como también aceite que se está vertiendo por las omisiones dolosas de los capitanes IDELFONSO CARRILLO MORA y ARMANDO ZAMARRIPA LOERA tal y como se explica a continuación:
El 18 de julio del 2019 CARRILLO MORA informa a la H. Junta Especial 1 de la Local de Conciliación y Arbitraje mediante oficio 1605/2019 (Ver Anexo 4) que La Capitanía Regional de Puerto en uso de sus facultades y en términos del artículo 167 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, ordenó al propietario de la embarcación (OCEANOGRAFÍA) “la remoción de la embarcación (CABALLO AZTECA) a un lugar en donde no represente peligro para la vida humana en el mar, para la navegación y un riesgo de contaminación al medio ambiente marino” y ahí comenzaron las broncas…
El hecho de remover la embarcación “CABALLO AZTECA” del lugar en el que se encuentra a otro donde no represente los riesgos mencionados anteriormente, no lesiona los derechos de los trabajadores que mantienen activos juicios laborales sobre esta…
Toda vez que esta autoridad marítima no ordenó el desmantelamiento o ha autorizado el desguace de la embarcación, únicamente se pretendió reubicar la misma a un lugar en donde no represente peligro de contaminación y afectación al medio ambiente marino…
El 24 de julio del 2019, CARRILLO MORA capitán de Puerto Regional en Isla del Carmen, Campeche, informa a la H. Junta Especial 1 de la Local de Conciliación y Arbitraje con sede en Ciudad del Carmen, Campeche, mediante Oficio 1657/2019 (Ver Anexo 5) informa que la embarcación denominada CABALLO AZTECA, la cual se encontraba varada en posición geográfica latitud 18° 57′ 21 .25″ N y longitud 91° 21′ 8.12″ O, dentro de la jurisdicción de la Capitanía del Puerto en Ciudad del Carmen, fue remolcada a la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Seybaplaya, Campeche el día 22 de julio de 2019…
Dicha circunstancia fue realizada sin la autorización de esta la Capitanía Regional de Puerto de Isla del Carmen, Campeche, de igual manera el propietario y/o poseedor de la embarcación, no realizó el trámite para la autorización de salida (despacho), para hacerse a la mar y/o algún puerto, por lo que se el remolcador de nombre ELÍAS quien trasladó vía marítima y a la tira (remolcada) a la embarcación CABALLO AZTECA…
El 26 de Julio del 2019 la H. Junta Especial UNO de la Local de Conciliación y Arbitraje con sede en Ciudad del Carmen, Campeche, mediante Oficio 600/2019 (Ver Anexo 6) le informó al capitán de puerto regional en Seybaplaya, Campeche, que la embarcación denominada CABALLO AZTECA, propiedad de la empresa OCEANOGRAFÍA se encontraba embargada dentro de los autos de los expedientes 057/2011, 31512010 y 41512010 y actualmente en proceso de REMATE, para su adjudicación, y que por lo tanto, NO DEBE ORDENAR ningún movimiento que implique su remoción, desmantelamiento o cualquier otro acto, que altere las condiciones en que se encuentra la embarcación…
Por todo lo antes mencionado al enterarse que la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos UNICAPAM, Dirección General Adjunta de Capitanías de Puerto, donde el capitán CARRILLO MORA, ordenó mover el barco CABALLO AZTECA sin avisar a la H. Junta Especial 1, con el objeto de su “chatarrización”, los trabajadores, acudieron el 30 de julio 2019 a la UNICAPAM y se reunieron con el contraalmirante JAVIER TORRES CLAUDIO al que se le entregó la documentación para explicarle que el barco CABALLO AZTECA debe ser protegido y resguardado de conformidad con la orden de embargo que se dio por la H. Junta Especial 1 a la dependencia a su cargo…
Por lo que respetuosamente se le pidió que se abstuviera de realizar cualquier acto que afecte los derechos laborales garantizados con el barco CABALLO AZTECA; sin embargo la respuesta del contraalmirante TORRES CLAUDIO fue que no quería hablar del tema CABALLO AZTECA, por lo que los trabajadores acudieron al día siguiente a presentar una denuncia penal en la FGR con el número de expediente FED/CAMP/CCAR/0000347/2019 (Ver Anexo 7), en contra de quién o quienes hayan sido omisos a la instrucción de la junta laboral de ser removida la embarcación CABALLO AZTECA y permitir la chatarrización siendo una garantía para cobro de trabajadores…Habrá más.
Atención @CNH_MX @SFP_mx @ASF_mx @FGRMexico @SNietoCastillo @SATMX y @SHCP_mx !!!…
Sígueme en Face: @linozentella1 (Lino Zentella) o Twitter: @linozentella_ y en el Portal: linozentella.com.mx donde hay más información