+Más de 35 millones mdp de relleno inflado; otros 5 mdp por corte de terreno inflado; más de 2 mdp en pagos inflados de limpieza y desmonte con maquinaria; IMP y CFE también salen raspados: Atención @lopezobrador_
Por Lino Zentella
Denuncia al 9933989844 y [email protected]… Derivada de la Auditoría De Cumplimiento a Inversiones Físicas: 2020-6-90T9N-22-0438-2021 438-DE a Pemex Corporativo sobre “Conformación de Plataformas y Contratos Relacionados con el Proyecto de la Nueva Refinería en Dos Bocas, Paraíso, Tabasco”, la Auditoría Superior de la Federación generó 5 Pliegos de Observaciones…
Proyecto del que es responsable ROCÍO NAHLE, secretaria de Energía…
Se auditaron los 3,773,281.1 miles de pesos que corresponden al total ejercido en los contratos de obra y de servicios relacionados con la obra a precios unitarios en 317 conceptos que amparan los trabajos de conformación de plataformas para el proyecto, en los contratos PTI-ID-001/2019 (contratista: VAN OORD DE MÉXICO, VAN OORD DREDGING AND MARINE CONTRACTORS, BV, GRUPO HUERTA MADRE), PTI-ID/CFE-GEIC/NRDB/001/2019 ( contratista COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD) y PTI-IMP/NRDB/001 (contratista INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO)…
Anota el documento que el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2020 incluyó, para la Secretaría de Energía, una previsión presupuestal por 46,256,000.0 miles de pesos que transfirió como aportación patrimonial a Pemex; este último transfirió a su vez un monto por 41,146,545.0 miles de pesos a Pemex Transformación Industrial (PTRI) y 34,941,086.1 miles de pesos al capital social de PTI Infraestructura de Desarrollo, S.A. de C.V., para cumplir con los compromisos financieros por la Nueva Refinería en Dos Bocas (NRDB), Paraíso, Tabasco, en los que se incluye el monto de 3,773,281.1 miles de pesos de los contratos revisados…
1.- REVISIÓN DEL CONTRATO NÚM. PTI-ID-001/2019
El contrato tiene por objeto la conformación de plataformas para el proyecto de una nueva refinería en Dos Bocas, Tabasco; la entidad fiscalizada, autorizó pagos por 124,528.8 miles de pesos desglosados de la manera siguiente: 88,668.5 miles de pesos en el concepto núm. 166, Conformación de plataforma hasta el nivel de subrasante con material de dragado y 35,860.3 miles de pesos en el concepto núm. 187, Conformación de plataforma con material producto de corte…
Al respecto, la ASF observó la existencia del volumen sin justificar en el concepto núm. 187, Conformación de plataforma con material producto de corte, pues en el análisis proporcionado se observó que la totalidad del volumen extraído mediante cortes al nivel de terreno, no forma parte del volumen sin justificar, debido a que ya se encuentra incluido en el cálculo de las diferencias observadas…
Por lo que la ASF emitió el “Pliego de Observaciones” 2020-6-90T9N-22-0438-06-001 pues se presume un probable daño o perjuicio a la Hacienda Pública Federal por un monto de 35 millones 860 mil 300.57 pesos por los pagos realizados con cargo al contrato núm. PTI-ID-001/2019 en el concepto núm. 187, Conformación de plataforma con material producto de corte, más los intereses generados desde la fecha de pago hasta la de su recuperación…
La auditoría especifica que existen volúmenes de obra sin justificación por 1,022,243.46 m³ con un P.U. de 35.08 pesos en dicho concepto. Los referidos pagos se realizaron mediante las estimaciones núm. 14, 14 bis, 17 bis y 19 bis, con periodos de ejecución comprendidos del 1 de mayo de 2020 al 31 de agosto de 2020…
Señalan como “Causa Raíz Probable de la Irregularidad” la falta de supervisión en la ejecución de los trabajos…
2.- CONCEPTO NÚM. 163 CORTE EN TERRENO NATURAL
Además, del mismo contrato, la entidad fiscalizada realizó pagos por 6,352.1 miles de pesos en el concepto núm. 163, Corte en terreno natural, en rebaje de corona o terraplenes existentes, en derrumbes y en escalones en material tipo A, con maquinaria (volumen medido en banco), en las estimaciones núms. 10, 12, 14, 17 y 19, con periodos de ejecución comprendidos entre el 1 de febrero y el 31 de agosto de 2019; pagadas en el ejercicio fiscal 2020, por diferencias de volúmenes entre lo pagado y lo cuantificado por la ASF en el concepto de corte en terreno, ya que se consideró un área diferente de la indicada en el generador para determinar el volumen y no se justificó el corte de un montículo de más de 2 m de altura, ni las renivelaciones…
La Gerente de Enlace con Instancias Revisoras de la Auditoría Interna de Petróleos Mexicanos, con el oficio núm. CA/COMAUD-AI-GEIR-0066-2022 del 14 de enero de 2022, envió información y documentación de la Gerencia de Planeación y Seguimiento a Empresas Filiales, donde se confirmó el error en la transcripción del área y el volumen de la sección transversal…
Sin embargo, en consideración de las inconsistencias la ASF emitió el “Pliego de Observaciones” 2020-6-90T9N-22-0438-06-002 donde se presume un probable daño o perjuicio a la Hacienda Pública Federal por un monto de 5 millones 641 mil 927.28 pesos por los pagos realizados con cargo al contrato núm. PTI-ID001/2019 en el concepto núm. 163 Corte en terreno natural, más los intereses generados desde la fecha de pago hasta la de su recuperación…
Ya que la ASF afirma que existen diferencias de volúmenes entre lo pagado y lo cuantificado en el concepto de corte en terreno por 308,977.4 m3 con un P.U. de 18.26 pesos, ya que se consideró un área diferente de la indicada en el generador para determinar el volumen y no se justificaron las renivelaciones…
3.- CONCEPTOS NÚMEROS 159 Y 160
Además, en la revisión del contrato de obra a precios por unidad de concepto de trabajo núm. PTI-ID-001/2019, la entidad fiscalizada, realizó pagos por 2,835.4 miles de pesos en los conceptos núms. 159, “Limpieza y desmonte del terreno con maquinaria, en zona de pastizal, maleza o de monte bajo” y 160, “Limpieza y desmonte del terreno con maquinaria, en zona de selva o bosque” en las estimaciones núms. 4, 5, 6 y 7, con periodos de ejecución comprendidos entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2019, pagados en el ejercicio fiscal 2020…
La ASF observa que las zonas de selva se incluyen árboles con altura mayor de 1 metro; pero, los arbustos retirados no tienen más de un metro de altura. Además, dichos conceptos se ejecutaron con maquinaria distinta de la considerada en las matrices de los precios unitarios de acuerdo con lo señalado en sus números generadores…
En este sentido la ASF generó el Pliego de Observaciones 2020-6-90T9N-22-0438-06-005 donde se presume un probable daño o perjuicio a la Hacienda Pública Federal por un monto de 2 millones 835 mil 408.51 pesos por los pagos realizados desglosados en los conceptos núms. 159, limpieza y desmonte del terreno con maquinaria, en zona de pastizal, maleza o de monte bajo y 160, limpieza y desmonte del terreno con maquinaria, en zona de selva o bosque, ya que en el P.U. del concepto núm. 160 se consideraron árboles con altura mayor de 1 metro; sin embargo, los arbustos que se quitaron no tenían más de un metro de altura, y se utilizó una maquinaria distinta al utilizar tractores D6 y D4, retroexcavadoras y excavadoras en lugar de tractores D8 considerados en las matrices de los precios unitarios…
4.- REVISIÓN DEL CONTRATO NÚM. PTI-IMP/NRDB/001
El contrato tiene por objeto el desarrollo de paquetes de ingeniería básica, apoyo técnico y desarrollo de ingenierías, asistencia técnica, ajuste a la ingeniería básica, estudios, estudios técnicos, evaluaciones y propuestas, entre otras actividades que PTI pudiese requerir para la nueva Refinería de Dos Bocas, en Paraíso, Tabasco…
Por lo que se constató que la entidad fiscalizada, realizó pagos por un monto de 4,439.0 miles de pesos en las estimaciones núms. 3, 4, 6, 7, 8, 10 y 11, con periodos de ejecución entre el 17 de mayo de 2019 y el 4 de agosto de 2020, correspondientes a la orden de servicio núm. 8, pagadas en el ejercicio fiscal 2020, en las categorías de profesionistas senior y junior…
No obstante, la ASF observa que no se localizaron en el Registro Nacional de Profesiones las cédulas profesionales de siete personas contempladas en dichas categorías, por lo que no se puede acreditar que sean profesionistas…
La Gerente de Enlace con Instancias Revisoras de la Auditoría Interna de Petróleos Mexicanos, con el oficio núm. CA/COMAUD-AI-GEIR-0066-2022 del 14 de enero de 2022, contestó informando que de acuerdo con el contrato marco núm. PTI-IMP-NRBD-001 en ninguna de sus cláusulas ni en el Anexo A Orden de Servicio se establece la obligación de que el personal contratado deberá contar con título y cédula profesional, y mandaron los currículos para acreditar la experiencia…
En consecuencia, la ASF emitió el Pliego de Observaciones 2020-6-90T9N-22-0438-06-003 donde se presume un probable daño o perjuicio a la Hacienda Pública Federal por un monto de 4 millones 439 mil pesos por los pagos realizados en las categorías de profesionistas senior y junior, más los interese generados desde la fecha de pago hasta la de su recuperación; pues las cédulas profesionales de siete personas que se consideraron como profesionistas senior y junior, no se localizaron en el Registro Nacional de Profesiones…
Los pagos se realizaron en las estimaciones núms. 3, 4, 6, 7, 8, 10 y 11, con periodos de ejecución entre el 17 de mayo de 2019 y el 4 de agosto de 2020, correspondientes a la orden de servicio núm. 8, pagadas en el ejercicio fiscal 2020…
5.- REVISIÓN DEL CONTRATO NÚM. PTI-ID/CFE-GEIC/NRDB/001/2019
El contrato tiene por objeto el estudio geotécnico para el acondicionamiento de un predio, se constató que la entidad fiscalizada autorizó pagos por 2,805.2 miles de pesos; los pagos se realizaron en las estimaciones 4 a la 9, con periodos de ejecución del 1 de octubre de 2019 al 29 de febrero de 2020, en 14 conceptos por diferencias de volúmenes entre lo pagado y las cantidades consideradas en la integración de sus matrices de precios unitarios…
Por lo que la ASF generó el Pliego de Observaciones 2020-6-90T9N-22-0438-06-004 pues se presume un probable daño o perjuicio a la Hacienda Pública Federal por un monto de 228 mil 998.65 pesos, por los pagos realizados con cargo al contrato núm. PTI-ID/CFEGEIC/NRDB/001/2019, en 4 conceptos con las siguientes claves: EMS-18 de la estimación núm. 8 por 34,532.85 pesos; EMS-34 de la estimación núm. 4 por 6,561.93 pesos; EMS-37 en las estimaciones núms. 4 y 6 por 101,322.92 pesos; y EMS-39 en las estimaciones núms. 8 y 9 por 86,580.95 pesos; con periodos de ejecución del 1 de octubre de 2019 al 29 de febrero de 2020, más los intereses generados desde la fecha de pago hasta la de su recuperación…
Y es que presentan diferencias de volúmenes entre lo pagado y las cantidades consideradas en la integración de sus matrices de precios unitarios…
Si tomamos en cuenta que es mínimo lo que revisa la ASF del presupuesto total, en resumen se puede decir que la obra es un glosario de mala praxis…Habrá más.
AUDITORÍA ASF 2020 COMPLETA SOBRE LA PLATAFORMA DE LA REFINERÍA OLMECA:
Atención: @Pemex @rocionahle @OctavioRomero_O @SENER_mx @CNH_MX @SFP_mx @ASF_mx@FGRMexico @PabloGomez1968 @SATMX y @userSHCP_mx!!!
Sígueme en Face: @linozentella1 (Lino Zentella) o Twitter: @linozentella_ y en el Portal: linozentella.com.mx donde hay más información…