Denuncia al 9933989844…¡Amplia info RH Pemex sobre convenio salarial con STPRM 2024!; a través del comunicado DCAS-SCH-2440-2024, Franco Veites Palavicini, subdirector de Capital Humano @Pemex , dio a conocer el aumento del salario tabulado para los trabajadores del #STPRM que consta de 5% de aumento en el salario ordinario y ajustes de los valores de fondo de ahorro y el tiempo extra fijo; las cifras y aumentos descritos en el comunicado con fecha del 31 de julio de 2024 corresponden con los descritos en el “informe de los logros obtenidos en la revisión salarial 2024 del STPRM”, pero añaden o amplían más ciertas Cláusulas: 1.- Cláusula 73: La cuota diaria de lavado, planchado y reparación de la ropa de trabajo, señalada en el inciso C) de esta Cláusula se incrementa a $4.20 pesos; dicha Cláusula no figuraba en el informe; respecto a la Cláusula 87 y el aumento de los viáticos, el documento de Palavicini desglosa el aumento de la siguiente manera: Cláusula 87, en relación con las cuotas de viáticos al personal en movilizaciones temporales y comisiones del servicio, las partes convienen en modificarlas a $1,348.85 diarios, que se desglosan como sigue: una comida $216.65, dos comidas $433.30, tres comidas $649.95, alojamiento y lavado de ropa $698.90, de los cuales corresponden al alojamiento $627.55 y $71.35 a lavado de ropa, transportación urbana $23.65 y viáticos en dólares americanos: 350.70 cuando se trata de comisiones fuera del país; de igual forma Cláusula 119, por cuanto se refiere a las cuotas que se regulan en esta Cláusula, se aumentan como sigue: Viáticos a trabajadores o jubilados, que a juicio de los servicios médicos deben ser atendidos en unidades hospitalarias fuera de su centro de trabajo o de su residencia a $1,698.35 por día, que se desglosan como sigue: una comida $294.10 pesos, dos comidas $588.20 pesos, tres comidas $882.30 pesos, alojamiento y lavado de ropa $816.05 pesos, traslado de cadáver de trabajadores o jubilados fallecidos, se aumenta a $31,874.55 pesos, la ayuda de traslado de cadáver de derechohabientes se incrementa a $13,144.30 pesos, transportación urbana a $141.85 pesos, ayuda para gastos a los derechohabientes de los trabajadores o jubilados que se envíen a otra unidad médica a recibir dicha atención, a $691.65 pesos por cada período de 24 horas, la que se desglosa de la manera siguiente: una comida $131.00 pesos, dos comidas $262.00 pesos, tres comidas $393.00 pesos y alojamiento y lavado de ropa $298.65 pesos; también la Cláusula 133, el pago por seguro de vida por fallecimiento de trabajador transitorio se modifica como sigue: $11,089.90 pesos por cada año de servicios o fracciones mayores de seis meses, con un mínimo de 60 días laborados en la anualidad inmediata anterior, aun sin contrato vigente, $5,544.95 pesos por fracción menor de seis meses y $11,089.90 pesos con menos de un año de servicios, con contrato vigente; por otra parte, el documento añade la Cláusula 165, la ayuda anual para fiestas patrias y escolares de las escuelas que sostiene el patrón se incrementa a $5,246.05 pesos; mismo caso con las Cláusulas 185 y 251, compensación por el medio de transporte que utilicen los trabajadores, el patrón pagará la suma de $28.05 pesos diarios y para gastos de transporte a los documentadores de embarques por ferrocarril, una cuota diaria de $28.05 pesos y las cuotas diarias de gastos por comisión sindical que se otorgan a los funcionarios sindicales se modifican como sigue: Locales, $388.15 pesos y Foráneos, $950.80 pesos; atención @lopezobrador_ @Claudiashein @SENER_mx @FGRmexico @LuzElena_GE @CNH_MX @ASF_Mexico @PabloGomez1968 @STPS_mx @Tu_IMSS @SEMARNAT_mx @agencia_asea @CENAGAS_mx @CRE_Mexico @IMPetroleo @SFP_mx @SATMX @Hacienda_Mexico #RaquelBuenrostro #OIC #UIF….Zas!!!
1.-https://linozentella.com.mx/presunta-negociacion-salarial-de-7-stprm-pemex/