Denuncia al 9933989844… ‼️ ¡Apuntes sobre el Convenio de Portabilidad Pemex-ISSSTE-IMSS!; referente al Convenio de Portabilidad de Derechos para un sistema único de pensiones en México entre el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y @Pemex de febrero pasado 2024 que firman los directores generales del ISSSTE, Pedro Mario Zenteno Santaella; del IMSS, Zoe Alejandro Robledo Aburto; y El Agrónomo, y presenciado por el secretario de Hacienda, Rogelio Ramírez de la O y el presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), Julio César Cervantes Parra: 1.- Se trata de un Convenio entre el ISSSTE, IMSS y Pemex, 2.- El Convenio es sobre la Portabilidad de Derechos, 3.- Los Derechos referidos es sobre las pensiones y/o jubilaciones de los trabajadores al Servicio de @Pemex y sus subsidiarias, tanto de confianza como sindicalizados, 4.- Se refiere a aquellos trabajadores que están en cuentas individuales, mismo que deberá portar su cuenta individual ( @Pemex ) y las cuentas de aquellas otras instituciones donde haya trabajado, en una sola cuenta en el ISSSTE; 5.- Resalta en este Convenio, que el Servicio Médico será proporcionado por la parte que otorgue la pensión o jubilación…
Por lo que, al reunirse una sola cuenta individual en el ISSSTE es obvio de quien otorgará el servicio médico; ahora bien, el convenio modificatorio de jubilaciones de trabajadores del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) a partir del 2015, recaen en este Convenio de Portabilidad, por lo que, es claro que dichos trabajadores no regresarán al sistema anterior de jubilaciones por empresa y que, lo iniciado por gobiernos anteriores (2015) ha sido reafirmado por este gobierno, pues dicho convenio es del 16 de febrero de 2024; se espera que el representante sindical y/o Recursos Humanos @Pemex harán llegar un formato que al firmarlo darán autorización de dicha portabilidad, pues de no hacerlo alguna otra cuenta a nombre del trabajador no se integrará como lo establece el Convenio de Portabilidad; en este caso, el ISSSTE funcionará las veces de una Afore y administrará las cuentas individuales; cabe destacar que la Cláusula 134 del CCT 2023-2025 de @Pemex y el #STPRM establece que la jubilación se otorga a los trabajadores que al 31 de diciembre de 2015 hayan registrado 15 o más de antigüedad, cuando acrediten 25 años de servicio y 55 años de edad; la pensión por vejez se calcula tomando como base 80% del promedio de salarios ordinarios que haya disfrutado en puestos permanentes en el último año de servicio; por cada año más de servicios después de cumplidos los 25, la pensión jubilatoria se incrementa en 4% hasta llegar a 100% como máximo; la jubilación por incapacidad permanente derivada de riesgo de trabajo aplica a los trabajadores de planta…
La pensión se les asigna sobre la base de 60% del promedio del salario durante el último año de servicio y en proporción al tiempo laboral en cada puesto; se incrementa 4% cada año de servicio prestado después de cumplidos 16 años, sin exceder 100%; la Cláusula 136 establece que cuando fallezca el jubilado, los familiares recibirán gasto de sepelio que no serán inferiores a 40,151 pesos y un pago por seguro de vida por 104,055 pesos; Además reciben una pensión post-morten cada 14 días sobre la pensión jubilatoria que se calcula sobre la pensión jubilatoria y va de 80% a 100%; al cierre de 2022 @Pemex contaba con 116,063 plazas ocupadas; el STPRM cuenta con un padrón de casi 92,000 trabajadores; en 2021, 3% de los pensionados percibían mensualmente entre 100,000 y 300,000 pesos y en algunos casos alcanzaban el medio millón de pesos; para ese año 2024 los más de 100,000 pensionados de @Pemex recibían una pensión mensual de 23,000 en promedio; atención @lopezobrador_ @Claudiashein @SENER_mx @FGRmexico @LuzElena_GE @CNH_MX @ASF_Mexico @PabloGomez1968 @STPS_mx @Tu_IMSS @SEMARNAT_mx @agencia_asea @CENAGAS_mx @CRE_Mexico @IMPetroleo @SFP_mx @SATMX @Hacienda_Mexico #RaquelBuenrostro #OIC #UIF….Zas!!!