+La travesura se la hizo la RH JANETH JIMÉNEZ MONTALVO al ayudante de operario especialista en el CPGC; atención @lopezobrador_
Por Lino Zentella
Denuncia al 9933989844 y [email protected]… El trabajador de Pemex Transformación Industrial (PTRI), ALEXANDER POTENCIANO SALAS fue rescindido de su relación laboral por presuntamente faltar injustificadamente a sus labores en cuatro ocasiones durante el mes de diciembre de 2022, pese a que consta que la solicitud de días de permiso, por lo que pide su reinstalación…
A través del oficio SCH-CRLRH-CRALRHSE-SAPV-4-CT-0194-2023 del 23 de enero, se le avisa a POTENCIANO SALAS de la rescisión de su relación laboral supuestamente porque no avisó ni contó con permiso ni autorización del patrón los días 9, 10, 22, 23 y 24 de diciembre de 2022, según un reporte del Centro de Servicios al Personal Cactus del Complejo Procesador de Gas Cactus (CPGC), Chiapas…
OFICIOS DE RESCISIÓN Y COMPARECENCIA PARA EL TRABAJADOR AFECTADO
La rescisión fue notificada a través de un oficio citatorio del 6 de enero de 2023 en el que se citó al trabajador para comparecer en el procedimiento de investigación administrativo sindical número GRRLRHSE-SAPV-DPR-CACTUS-002-2023…
Tras la investigación, Pemex acreditó que POTENCIANO SALAS ostentaba en forma definitiva la categoría de Ayudante de Operario Especialista (Mecánica de Piso) Clasificación 13.63.25, jornada 07, con cargo a la plaza 90128041 21007100, adscrito al Taller de Mecánica de Piso del Centro de Trabajo, Complejo Procesador de Gas Cactus, y que faltó injustificadamente a sus labores los días mencionados anteriormente sin contar con permisos de ninguna índole y sin disponer de documentación que justifique sus ausencias a laborar…
Sin embargo, como consta en el oficio SC/P/ 8697/ 2022 de la Sección 48 STPRM que mal dirige el ex reo RICARDO HERNÁNDEZ, se solicita la prestación de dos días al trabajador por motivos personales, siendo estos los días 9 y 10 de diciembre. El documento fue elaborado desde el 6 de diciembre y dirigido a JANET JIMÉNEZ MONTALVO, del Centro de Servicios de Personal del Complejo Procesador de Gas Cactus…
LAS PRESUNTAS FALTAS QUE JUSTIFICA CON PERMISOS ANTE LA SECC 48 DEL STPRM
Sin embargo, esta misma JIMÉNEZ MONTALVO, sobre quien pesan varias denuncias de corrupción aquí datadas, determina en el oficio de rescisión que POTENCIANO SALAS “dejó de cumplir con sus obligaciones laborales” inherentes a la categoría que ocupaba de forma definitiva, actualizando las causas rescisorias previstas en la fracción X del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, y se concluyó que omitió ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiado, en la forma, tiempo y lugar convenidos. Además, afirma que no dio aviso inmediato al patrón de las causas justificadas que le impidieron concurrir a su trabajo, según lo establecido en el artículo 135 de la misma ley…
La rescisión de la relación laboral se fundamentó en el incumplimiento de las obligaciones a su cargo previstas en las fracciones I, III, IV y V del artículo 134, que establecen la necesidad de contar con permisos autorizados previamente al faltar a su trabajo y de ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, entre otros aspectos…
Asimismo, el oficio afirma que “con su conducta”, POTENCIANO SALAS incumplió lo establecido en el Código de Ética de Petróleos Mexicanos sus Empresas Productivas Subsidiarias y Empresas Filiales, en cuanto al principio ético de legalidad, por lo que el trabajador pide se tomen cartas en el asunto ante la evidenciada injusticia… Habrá más.
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