Por Lino Zentella
Denuncia al 9933989844 y [email protected]… Trabajadores de la plataforma Frida 1 acusan explotación de parte de GRINNAV, fueron contratados por una tercera llamada TRÉBOL (TRÉBOL OIL COMPANY), la cual no les paga a tiempo y los explota, además de no contar con el equipo necesario para realizar sus labores…
Por si fuera poco no les pagan vacaciones ni ninguna prestación, llegando al grado que les deben meses de salario, todo en complicidad con la empresa dueña de la plataforma, la financiera UNIFIN y su representante identificado con el apellido de MONDRAGÓN, quien los mocharía con tal de “ayudarlos con el pago”; así como del supervisor del contrato, CHRISTIAN DE J URBINA REYES (F-450467)…
CASO DE CORRUPCIÓN DEL QUE YA TIENE CONOCIMIENTO LA FUNCIÓN PÚBLICA Y OTRAS AUTORIDADES
Los trabajadores ya pusieron una denuncia ante la Secretaría de la Función Pública, la cual ya está consciente del hecho. De igual forma, mandaron su denuncia a la Unidad de Responsabilidades en PEP…
De acuerdo a la denuncia pública que los trabajadores mandaron, dan conocer irregularidades durante el desarrollo del contrato No. 641009833 por el que se contrató a la plataforma semisumergible Frida I, ya que realiza un ilegal outsourcing a través de TRÉBOL OIL COMPANY…
De acuerdo al contrato número 641009833 de la plataforma semisumergible Frida I, señala en su Cláusula 33 “Subcontratación”, que el Arrendador sólo podrá subcontratar los análisis del diseño del conductor marino (riser) incluyendo los criterios para desconexiones de emergencia, círculos de alerta, ARP, PRE, PCA, etc.…
“En su tercer párrafo la cláusula específica: “Dicha subcontratación no implicará una transferencia de derechos u obligaciones, por lo que el Arrendador será el único responsable frente a PEP respecto de las obligaciones contraídas en el Contrato”…
Sin embargo, el supervisor del contrato CHRISTIAN DE J URBINA REYES permite la subcontratación de personal por medio de TRÉBOL OIL COMPANY, propiedad de JC PÉREZ PÉREZ, y no tiene absolutamente nada qué ver con la asignación del referido contrato, según se puede comprobar con el alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal en la plataforma; de esta manera se viola la Cláusula 33 y lo especificado en el Anexo DT-4, numeral 23, que a la letra dice:
“…El personal propuesto en la categoría listada estará contratado por el consorcio”, y de paso violando las reformas que prohíben el outsourcing publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 23 de abril del año 2021…
Otra de las irregularidades por parte de CJ URBINA REYES que señalan los trabajadores es que recientemente no se tiene formalizado el Convenio de Ampliación de Plazo y Monto al Contrato No. 641009833 de la plataforma semisumergible Frida I; de tal forma que los trabajos realizados desde enero a mayo del presente año no tienen un amparo legal (Convenio) y por lo tanto los servicios no han sido pagados por PEP…
Por lo que si PEP no cuenta con el recurso económico para el desarrollo de los trabajos con dicha plataforma, se puede optar por la suspensión temporal amparada en el Contrato en su Cláusula Número 19, denominada “Suspensión de la Ejecución del Contrato”…
Pero como CJ URBINA REYES no ha aplicado debidamente los términos establecidos en el citado contrato, esto podría causar un daño patrimonial a Pemex, pues los trabajos continúan ejecutándose y el arrendador (GRINNAV) podría exigir legalmente a Pemex el pago por los servicios ejecutados con la plataforma Frida I…
Por estas razones los trabajadores piden a la Función Pública no consentir los actos ilícitos de los servidores públicos que por un muy probable beneficio económico, desprestigian la paraestatal Pemex con sus actos, y piden que se haga una auditoría a este contrato…
LA DENUNCIA REALIZADA POR LOS TRABAJADORES EXPLOTADOS
Por otra parte, hay que recordar que en la actualidad fue despedido todo el personal extranjero contratado directamente por la compañía holandesa OOS ENERGY (arrendador en propuesta conjunta con GRINNAV) para operar la plataforma Frida 1, según el requerimiento del contrato del Anexo DT-4. Aunque no termina aún el plazo del convenio el cual vence en junio de este año…
Mientras que el personal despedido por OOS será recontratado por la compañía XWELLS ENERGY LIMITED, quedando como operadora del contrato en lugar de OOS, pese a que no ha trabajado directamente con Pemex en contratos de arrendamiento de perforación…
UNIFIN contrató a XWELLS para auditar y esta decide calificar mal a OOS; y el resultado es que XWELLS quedan como operadores convenientemente…Habrá más.
MÁS DE ESTE CASO DE CORRUPCIÓN:
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